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Criterios de restauración.

CRITERIOS ÉTICOS DE INTERVENCIÓN.

Tradicionalmente el mueble ha sido casi siempre contemplado como un objeto de carácter puramente funcional. De esta concepción ha derivado el tipo de intervenciones basadas en la mera reparación de su estructura y acabados, obviando aspectos históricos u ornamentales.

Sin embargo, el mueble puede ser valorado desde muchos puntos de vista diferentes. Esta valorización propiciará un tipo de tratamiento basado en el rigor y respeto hacia este tipo de obra.

El mueble reúne en sí valores que le confieren una identidad muy específica. Es imprescindible conocerlos antes de abordar cualquier intervención restauradora.

Los valores más significativos son: 

Valor histórico: las piezas reflejan el momento histórico al que pertenecen, son testimonio de los avatares de los diferentes periodos con sus condicionamientos políticos, sociales, religiosos.

Valor sociológico: gusto de la época, tendencias estéticas, costumbres, uso cotidiano, etc.

Valor artístico: técnicas artísticas, estilo de un periodo concreto, autoría de la obra y calidad técnica (en ocasiones la calidad artística de la pieza ha dejado en segundo plano a su funcionalidad).

Valor simbólico: de poder, económico, político y social de la persona a la que pertenece el mueble; ornamentos, religiosos, profanos, militares, civiles, etc.

Valor etnográfico: nos muestra las costumbres de las diferentes culturas en su vida cotidiana.

No tener presente este conjunto de valores desemboca en intervenciones negligentes que imposibilitan el conocimiento y buena conservación de estos bienes culturales.

Además de considerar estas puntualizaciones previas acerca del carácter particular del mueble, debemos contemplar un marco normativo más amplio y fundamental. Nos referimos a los principios éticos de la Conservación-Restauración aprobados y consensuados a nivel internacional desde los años setenta del pasado siglo con la promulgación de la “Carta del Restauro de Roma”, 1972.

Los cuatro pilares básicos que configuran dicha normativa son los principios de   Reversibilidad, Durabilidad, Fidelidad y Legibilidad. Éstos tienen una indudable aplicación en la intervención del patrimonio mobiliar, que a su vez requiere matizaciones.

 

En primer lugar, como regla de oro, abogaremos siempre que podamos por una conservación antes que por una intervención en la obra.